ANALISTA
Ley Concursal: ¿Solución o engaño?
Chuchi Cos 8 agosto, 2011
21 de los 22 equipos en ley concursal en Europa son Españoles
De todos es sabido que mi profesión es la de entrenador. Nada me gusta más que hablar y discutir sobre cosas que rodean al balón. Pero en esta ocasión, me gustaría hacer unas cuantas reflexiones sobre un tema que está de moda, pero que es un gran desconocido para mucha gente aficionada al fútbol: la Ley Concursal.
Hace unas semanas escuché, en un programa de radio deportivo, hablar a uno de los administradores concursales asignados para encauzar al Racing de Santander, explicando lo que era, de forma sencilla, el concurso de acreedores. Él lo definió algo así como un paréntesis en el pago de la deuda con los acreedores del club. Vamos, una especie de respiro en tiempo que se le daba al club para que se pudiera organizar en el pago de dichas deudas. Dicho así suena a algo lógico y positivo para todos, ya que garantiza el cobro a los acreedores y supone la “salvación” del club en un período de tiempo más o menos corto. Así dicho suena muy bien, pero la realidad es bien distinta.
Yo he sido, (mejor dicho soy) una de las “víctimas” de dicha Ley, y por ello puedo hablar en consecuencia sobre lo que puede llegar a ser para un club entrar en dicho concurso de acreedores. La gente debe hacerse una pregunta: ¿por qué más de una veintena de clubes españoles se han acogido a dicha ley en los últimos años? La respuesta es sencilla. Esta Ley tapa todo el derroche que han hecho los clubes de fútbol en inversiones y fichajes y que no ha tenido un control en todos estos años anteriores y, en esto tiene razón el anterior administrador citado, la Ley Concursal supone un “Kit-Kat” en el desembolso de toda la deuda acumulada. Pero no es oro todo lo que reluce.
También leí unas declaraciones del jugador del Racing Cisma, en las que decía que con dicha Ley se sentían más seguros en el cobro. Eso es verdad, pero a medias. Y me explico. Cuando se aprueba el concurso de acreedores, se paraliza el pago de toda la deuda acumulada hasta ese momento y el club de fútbol empieza una nueva etapa de cero en el funcionamiento de dicha entidad. Pero con un matiz, y es que el juez determina que todas las operaciones deben ser inspeccionadas y aprobadas por unos administradores concursales asignados desde el principio. Esto tiene lógica, porque así no habrá más despilfarros ni operaciones “raras” en la entidad. Por ello se entiende que los cobros desde que comienza el concurso están asegurados.
¿Pero qué pasa con la deuda anterior? Ahí radica el problema. Una vez aprobado el concurso y presentada ante el juzgado la deuda contraída con cada acreedor, tiene lugar un convenio en el que se estipula la forma y cantidades a pagar a cada uno de ellos. Yo os voy a poner como ejemplo lo que yo he vivido con el concurso de acreedores del Alavés que se aprobó en julio de 2007.
Tras un tiempo de presentaciones, alegaciones y demás temas de jueces y abogados (casi un año), tuvo lugar el convenio, en el que se debía acordar entre los acreedores las cantidades a cobrar y el modo. Yo pensé que sería una especie de reunión para que los acreedores que estuviesen presentes, llegaran a un acuerdo. Nada más lejos de la realidad. Como la mayoría de deuda de los clubes es con Hacienda y Seguridad Social, si se llega a un acuerdo con estas instituciones prácticamente se supera el 51% de la deuda, con lo que no hace falta reunirse con ningún acreedor más. Como tanto Hacienda como la Seguridad Social quieren coger dinero a toda costa antes de la posible desaparición de la entidad, acuerdan lo más provechoso para ellos sin contar con nadie más, algo que beneficia enormemente al club y va en contra del resto de acreedores y de los ciudadanos en general (como se suele decir, ¡Hacienda somos todos!).
En mi caso, o mejor dicho en el del Alavés, la quita llegó hasta un 50% de la deuda contraída y a pagar en 5 plazos anuales. Resumiendo, del total adeudado con los acreedores, el 50% no se paga por convenio, y el 50% restante se paga en 5 años a partir de la sentencia, tras acabarse el concurso que ha durado casi 3 (o sea, 8 años en total). ¿Cómo no van a acogerse a esta Ley los clubes? ¡¡¡Lo raro es que no haya más clubes en concurso !!! Pues ahí no queda la cosa. Cómo en este tiempo de “Kit-Kat”, el equipo descienda a 2ªB, como es el caso del Alavés, y al no entrar apenas dinero de televisión, pues pasados casi 2 años desde la sentencia de pago aún no se ha pagado a los acreedores ni un euro de lo estipulado en la sentencia. Otra incongruencia es que se pague a los futbolistas de los últimos años antes de julio para no bajar de categoría, y los sueldos de futbolistas de hace más de 4 años aún están pendientes. Total, el club sigue su funcionamiento, ya fuera del concurso, con un 50% menos de deuda y sin un plan de pagos en el horizonte para los acreedores antiguos.
Luego escuchas comentarios en tertulias de bares, en foros… y mucha gente dice siempre lo mismo…: “ya ganan bastante dinero los jugadores, porque se les quite un poco no pasa nada”… Cierto es que la mayoría de los clubes en concurso se han visto en esta situación por los altos salarios de jugadores y entrenadores. Pero ellos no pusieron una pistola en la cabeza de los presidentes para cobrar tan elevados sueldos. Pero además de jugadores y entrenadores, hay muchas otras personas o empresas que trabajan para los clubes directa o indirectamente, y que no ganan tanto dinero. ¿¿¿Qué pasa con la gente de oficina, empresas de limpieza, imprentas, catering de palcos…y un largo etc de acreedores que necesitan cobrar dichas deudas para subsistir??? Creo que el problema es más serio de lo que a primera vista pueda parecer.
Y ¿cuál sería la solución? Yo voy a dar mi opinión. Está claro que no es un problema fácil de solucionar a corto plazo. Lamentablemente, la historia de la Ley Concursal y los clubes de fútbol tiene numerosos ejemplos que ponen de manifiesto las peculiaridades que tiene aplicar una norma mercantil a una “empresas” tan especiales como son las sociedades anónimas deportivas. Repasando los casos de los clubes en concurso, resulta inquietante observar la cantidad de normas de distinto tipo y condición que entran en juego cuando un club de futbol entra en concurso de acreedores (Ley Concursal, normativa general del deporte, normativa específica del futbol profesional, normativa laboral, convenio colectivo incluido, etc.) y lo difícil que puede ser obtener un resultado que deje satisfechos a todos los implicados.
Pero por lo expuesto anteriormente, los clubes en concurso tienen cierta ventaja sobre los otros que han hecho bien las cosas, y que no han despilfarrado el dinero comprando jugadores a precios astronómicos. Sólo hay que poner de ejemplo el traspaso de Jorge Molina del Elche al Betis. No sólo se debilitó a la entidad alicantina al tener que desprenderse de su goleador, sino que fue el Betis el ascendido y cuyo traspaso no ha pagado al acogerse al concurso de acreedores recientemente. Si se analiza esta situación, debería haber un castigo para los clubes que cometan estos “fraudes”, y bien podría ser la pérdida de puntos o el descenso de categoría. Pero ¿permiten los jueces el descenso de los clubes? La respuesta a estas repetidas situaciones ha sido no. Si se aplica la Ley Concursal el juez no debería aplicar una sanción que puede traer como consecuencia un perjuicio para la solvencia de la entidad y que dificultaría el pago de las deudas a los acreedores. Por lo tanto, no hay ilegalidad aunque algunos consideran, (y están en lo cierto) que se tolera una cierta “trampa” deportiva al permitir que clubes endeudados con su plantilla no sufran ninguna sanción.
Por lo tanto, a mi modesto entender, sólo la Asociación de Futbolistas (AFE) puede tener poder para presionar en medio de todo este entramado. Y aquí es donde entran las intentonas de huelga de los futbolistas. Ya se sabe que sin ellos no habrá fútbol, ya que son los principales actores. Y si no hay fútbol no hay ingresos de tv, no hay ventas en los bares de alrededores de los estadios…etc, etc… A partir de ahí, el Estado tendría que meter mano en el asunto.
En fin, que habrá que seguir escuchando y leyendo sobre la controvertida ley por algún tiempo más. Yo, mientras, seguiré esperando a cobrar mi primer plazo 4 años después…
21 equipos españoles de los 22 equipos contabilizados en aquella fecha que en Europa se habían acogido a la Ley Concursal, hoy en día el número ha crecido y los equipos españoles pasan de esa cifra y va en aumento, una vez más, la lfp le tomó el pelo a la AFE y por ello a los jugadores, que prometió y dijo que la ley cambiaría y a día de hoy no se ha hecho efectivo dicho cambio, mientras equipos como el próximo visitante a la NCA acogido a dicha ley, compite manipulando por ello la competición, no hay derecho al buen trato que reciben los equipos manipuladores y el trato que reciben los equipos que se ajustan a sus presupuestos, los que a todas luces salen perdiendo por no gastar lo que no tienen.