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RFEF - 16-07-2008 (Fase de ascenso de segunda division B)
La Real Federación Española de Fútbol ha aceptado por unanimidad de la Asamblea General la modificación de la fase de ascenso de Segunda B, que queda establecida de la siguiente manera:
I.- Clubes participantes
Intervendrán en ella, en la forma que más adelante se determina, los siguientes clubes:
A) Los cuatro campeones de cada uno de los grupos que conforman la categoría
B) Los doce que en la clasificación final ocuparon los puestos 2º, 3º y 4º de cada grupo respectivo
II.- Desarrollo de la fase de ascenso
PRIMERO.- Los cuatro clubes campeones de la primera fase serán emparejados por sorteo y disputarán una eliminatoria a doble partido, ascendiendo directamente a Segunda División los dos vencedores.- Los perdedores intervendrán en la eliminatoria que regula el punto TERCERO.
SEGUNDO.- Los doce clubes que al término de la primera fase ocuparon los puestos 2º, 3º y 4º de su grupo respectivo disputarán una eliminatoria a doble partido, organizada del siguiente modo:
a) Se emparejarán entre sí cuartos contra segundos, a través de sorteo solo condicionado a que no se enfrenten entre sí clubes provenientes del mismo grupo, celebrándose el primero de los dos encuentros que conforman la eliminatoria en las instalaciones deportivas de los que ocuparon el lugar cuarto.
b) los cuatro clubes clasificados en el puesto tercero se emparejarán entre sí por sorteo puro, que marcará asimismo, por el mismo orden de la extracción de bolas, el de la eliminatoria
Los seis vencedores de la eliminatoria que regulan los apartados a) y b) intervendrán en la que prevé el punto TERCERO.
TERCERO.- Los dos clubes perdedores de la eliminatoria que regula el punto PRIMERO y los seis vencedores de la prevista en el punto SEGUNDO, disputarán una eliminatoria a doble partido siendo emparejados, en función de la clasificación final de la primera fase del campeonato, a fin de que se enfrenten los que obtuvieron mayor puntuación a los que lograron menos, disputándose el primer encuentro en el terreno de juego del estos últimos.
Tratándose de equipos clasificados en idéntica posición, dicho orden se establecerá por sorteo.
Los cuatro vencedores disputarán una nueva eliminatoria en la forma que prevé el punto CUARTO.
CUARTO.- Los meritados cuatro clubes vencedores jugarán esta eliminatoria, a doble partido, siendo emparejados, del mismo modo que en la que regula el punto TERCERO, los que obtuvieron mejor clasificación al término de la primera fase con los que la consiguieron menor, celebrándose el partido de ida en el campo de estos últimos.
Si los clubes ocuparan la misma posición, el orden de la eliminatoria se establecerá por sorteo.
Los dos clubes vencedores de la eliminatoria ascenderán, junto a los dos a que se refiere el punto PRIMERO, a Segunda División.
QUINTO.- Los dos clubes ascendidos a Segunda División tras la eliminatoria disputada por los cuatro campeones de los respectivos grupos de Segunda “B”, se enfrentarán entre sí a doble partido –determinándose el orden de campos por sorteo- y el que resulte vencedor se proclamará campeón del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División “B”, siendo acreedor al trofeo que lo acredite.
Los dos referidos encuentros para determinar el campeón se celebrarán los días 31 de mayo y 7 de junio de 2.009, correspondientes a las fechas tercera y cuarta de esta fase de ascenso.
Las vicisitudes propias de las eliminatorias que conforman esta fase del campeonato se regirán por las disposiciones contenidas en el Libro XVII del Reglamento General de la RFEF relativas a los partidos y competiciones de esta clase.